Una vivienda puede quedar bloqueada durante meses por retirar fondos, firmar sin inventario o aceptar una deuda sin revisar. Si acabas de perder a un familiar en A Coruña, el orden de las decisiones importa tanto como el reparto.
Cómo repartir una herencia en A Coruña: obtén los certificados, comprueba si hay testamento o declara herederos, inventaría bienes y deudas, decide si aceptas o renuncias, liquida impuestos y formaliza la adjudicación. En Galicia rigen normas propias sobre legítimas y derechos del cónyuge viudo.
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Reúne documentos y frena el uso de los bienes
Reúne los certificados antes de firmar, retirar fondos o repartir bienes.
Localiza el testamento o declara herederos
Pide el certificado de defunción en el Registro Civil y, tras 15 días hábiles desde el fallecimiento, solicita el certificado de últimas voluntades. Este documento indica si existe testamento y ante qué notario se firmó; con ambos certificados podrás pedir una copia autorizada. Si no hay testamento, tramita una declaración de herederos abintestato , el acta notarial que identifica a quienes heredan por ley y que suele exigir documentos de parentesco y dos testigos.
Haz un inventario antes de aceptar
Solicita certificados bancarios con el saldo a la fecha del fallecimiento y reúne escrituras, notas simples, recibos del IBI, vehículos, seguros, préstamos, tarjetas, avales y deudas fiscales. El inventario debe recoger todos los bienes y todas las cargas de la herencia: revisar solo la vivienda o la cuenta principal puede ocultar pasivos que después deberán atender los herederos.
Documento Dónde pedirlo Para qué sirve Certificado de defunción Registro Civil Iniciar trámites sucesorios Últimas voluntades Ministerio de Justicia Saber si existe testamento Escrituras y nota simple Notaría y Registro Valorar e inscribir inmuebles Certificados de banco y deudas Entidades acreedoras Calcular el caudal neto
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Comprueba la vecindad civil del fallecido para aplicar la regla sucesoria correcta.
Distingue testamento y sucesión legal
Con testamento se cumple la voluntad del causante dentro de los límites legales; sin él, el notario determina quién hereda mediante la declaración de herederos. Si el fallecido tenía vecindad civil gallega, puede aplicarse la Ley 2/2006, de derecho civil de Galicia, con normas propias sobre legítimas. Además, antes de repartir la herencia debe liquidarse el régimen económico matrimonial si había bienes comunes.
Situación Trámite principal Quién recibe Hay testamento Copia autorizada y partición Herederos y legatarios designados No hay testamento Acta de declaración de herederos Parientes según el orden legal
Calcula lotes, no trozos idénticos
Valora primero el patrimonio neto: bienes menos deudas. No es necesario dividir cada activo en partes idénticas; un heredero puede recibir la vivienda, otro dinero y el cónyuge un usufructo, siempre que se respeten las cuotas y derechos aplicables. El cuaderno particional debe dejar por escrito inventario, valoraciones, deudas, pagos y adjudicaciones, así como las reglas de uso y gastos si la vivienda queda en proindiviso.
Orden seguro del reparto
1. Certificados → 2. Inventario → 3. Aceptación → 4. Impuestos → 5. Escritura
La vivienda se adjudica después de valorar deudas y cuotas, no antes.
Si el causante tenía vecindad civil gallega, las legítimas en Galicia no coinciden necesariamente con las del Código Civil común. Conforme al derecho civil de Galicia, los hijos y demás descendientes son legitimarios y su legítima conjunta equivale, con carácter general, a una cuarta parte del valor de la herencia. El cónyuge viudo no separado legalmente ni de hecho también tiene derechos legitimarios: si concurre con descendientes, le corresponde el usufructo de una cuarta parte del caudal hereditario; si no los hay, su usufructo puede alcanzar la mitad.
Estas reglas condicionan el testamento y el reparto de herencias en A Coruña, pero solo cuando resulte aplicable la normativa gallega por la vecindad civil del fallecido.
Un ejemplo ayuda a separar conceptos: si un matrimonio tenía una vivienda ganancial valorada en 240.000 euros y el fallecido deja cónyuge viudo y dos hijos, primero se realiza la liquidación del régimen matrimonial. El cónyuge conserva su mitad, 120.000 euros, que no forma parte de la herencia. La otra mitad integra el caudal hereditario y, una vez descontadas las deudas, se reparte conforme al testamento o a la sucesión legal.
Si no existe testamento y se aplica el derecho civil de Galicia, los dos hijos heredan por partes iguales, mientras el cónyuge viudo conserva, además de su mitad propia, el usufructo que legalmente corresponda sobre una parte de la herencia.
Acepta, paga impuestos y adjudica la vivienda
Elige la forma de aceptación antes de realizar actos que puedan comprometer tu patrimonio.
Decide antes de hacer actos de heredero
La aceptación pura y simple incorpora bienes y deudas al patrimonio del heredero, mientras que la aceptación a beneficio de inventario limita el pago de deudas a los bienes heredados . Valora esta opción si existen préstamos, avales, negocios o datos incompletos. Renunciar también es posible, pero debe estudiarse antes de retirar fondos o disponer de bienes, porque esos actos pueden interpretarse como aceptación tácita.
El Impuesto sobre Sucesiones debe presentarse ante la Agencia Tributaria de Galicia en el plazo general de seis meses desde el fallecimiento; la prórroga se pide dentro de los primeros cinco meses.
Escoge una salida para la vivienda
La vivienda puede mantenerse en proindiviso, adjudicarse a un heredero que compense a los demás o venderse y repartir el precio. La escritura pública de aceptación y adjudicación permite operar con bancos e inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad. Si hay vivienda urbana en A Coruña, revisa también la plusvalía municipal; pagar impuestos no sustituye la escritura ni la inscripción registral.
⚠️ Pagar el impuesto no sustituye la escritura de adjudicación ni la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad.
Los costes de una herencia dependen del valor y la composición de los bienes, por lo que conviene pedir presupuesto antes de firmar. En una vivienda heredada pueden intervenir los aranceles de notaría por la escritura de aceptación y adjudicación, los honorarios del Registro de la Propiedad por inscribir el cambio de titularidad, la posible gestoría o abogado y los tributos. El Impuesto sobre Sucesiones se calcula según el valor declarado o comprobable de los bienes, el parentesco y los beneficios fiscales aplicables en Galicia; además, una vivienda urbana puede generar plusvalía municipal ante el Ayuntamiento de A Coruña.
Si un heredero recibe el inmueble y compensa a los demás, también debe analizarse la tributación concreta de esa adjudicación.
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Preguntas comunes
¿Cuánto plazo hay para pagar sucesiones?
El plazo general es de seis meses desde el fallecimiento. La prórroga debe pedirse ante ATRIGA dentro de los primeros cinco meses, antes de que venza el plazo ordinario.
¿Puedo usar la cuenta del fallecido?
No conviene usarla antes de identificar herederos, deudas y seguros. El banco suele bloquearla al conocer el fallecimiento y pedirá documentación sucesoria para liberar fondos.
¿Quién paga la plusvalía de una vivienda?
Los herederos deben revisar la plusvalía municipal si reciben un inmueble urbano. El Ayuntamiento de A Coruña gestiona este tributo, distinto del Impuesto sobre Sucesiones.
¿Es obligatorio vender la casa heredada?
No, la vivienda puede mantenerse en proindiviso o adjudicarse a un heredero con compensación económica. Si no hay acuerdo, cualquier copropietario puede pedir la división de la cosa común.
Fuentes de interés
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