Un papel pedido fuera de plazo, o en la oficina equivocada, puede dejar una herencia parada semanas o incluso meses. Y en un momento de duelo, lo último que necesitas es perder tiempo entre certificados, bancos, notaría y registro sin saber por dónde empezar.
Para aceptar una herencia en España necesitas una serie de documentos básicos —como certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, DNI de herederos y certificado de seguros— y, según los bienes, papeles del banco, del inmueble o del vehículo. Con ellos podrás firmar la escritura, liquidar impuestos y adjudicar los bienes sin errores.
Resumen del proceso
Pide primero los certificados que prueban el fallecimiento y la última voluntad del causante.
Comprueba si hay testamento; si no lo hay, tramita la declaración de herederos.
Reúne la escritura, los saldos, las notas simples y los papeles de cada bien.
Firma la escritura de aceptación y adjudicación de herencia en notaría.
Liquida impuestos en plazo y, si hay inmuebles, inscríbelos en el Registro de la Propiedad.
Flujo visual de la herencia
1. Certificados
2. Herederos
3. Bienes
4. Notaría
5. Impuestos
6. Registro
Defunción y últimas voluntades
Testamento o declaración de herederos
Banco, vivienda, coche y deudas
Escritura de aceptación
Sucesiones y plusvalía
Solo si hay inmuebles
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Pide los certificados básicos
Pide primero los certificados que abren el expediente, porque sin ellos no avanzas.
Consigue el certificado de defunción
El certificado de defunción acredita la muerte del causante. Se pide en el Registro Civil y es la llave que te permite pedir el resto de documentos.
Pide el certificado de últimas voluntades
El certificado de últimas voluntades dice si hubo testamento y ante qué notario se firmó. Se solicita después de la defunción, porque antes no lo emiten.
Localiza el testamento o la declaración
Si hay testamento, pide una copia autorizada en la notaría indicada en el certificado de últimas voluntades. Si no hay testamento, necesitas la declaración de herederos , que es el acta notarial que dice quién hereda por ley.
También conviene aterrizar tiempos y costes, porque una herencia rara vez se resuelve en un solo día. Si toda la documentación está lista, la notaría puede preparar la escritura de aceptación de herencia en pocos días; en cambio, si faltan certificados, saldos bancarios o notas simples, el proceso puede alargarse varias semanas. En una herencia sencilla, el coste notarial suele ser contenido, pero sube con el número de bienes, de copias y de herederos; la gestoría, si se usa, añade un importe extra que compensa cuando hay varios bancos o inmuebles en distintas provincias.
A esto hay que sumar el impuesto de sucesiones, que normalmente debe presentarse en seis meses desde el fallecimiento, y la plusvalía municipal, que suele exigirse cuando hay inmuebles urbanos. Un cronograma realista ayuda a evitar recargos y a ordenar primero lo urgente: certificados, luego notaría, después impuestos y finalmente registro.
Reúne los papeles de cada bien
Reúne ahora los documentos que prueban qué tenía el fallecido y cuánto valía.
Prepara lo que pide el banco
Para cuentas, depósitos o fondos, el banco suele pedir DNI del causante y herederos , certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, y la escritura notarial cuando ya exista. También puede pedir certificado de saldo a fecha de fallecimiento y, en algunos casos, justificantes de titularidad compartida.
Prepara lo que pide la notaría
La notaría necesita identificar a todos los interesados y saber qué bienes se reparten. Lleva certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, DNI de todos, libro de familia si ayuda a acreditar parentesco, y los documentos de bienes y deudas.
Reúne inmuebles y vehículos
Si hay vivienda o local, pide una nota simple del Registro de la Propiedad, la escritura de compra, el último recibo del IBI y, si existe, el certificado catastral. Si hay coche, reúne permiso de circulación, ficha técnica y recibo del impuesto municipal de circulación si lo conservas.
Documento
Obligatorio
Sirve para
Dónde sale
Certificado de defunción
Sí
Abrir el expediente
Registro Civil
Certificado de últimas voluntades
Sí
Saber si hay testamento
Ministerio de la Presidencia
Testamento o declaración de herederos
Sí
Acreditar quién hereda
Notaría
Certificado de seguros de vida
Según el caso
Cobrar pólizas
Registro de Seguros
Nota simple registral
Si hay inmuebles
Ver titularidad y cargas
Registro de la Propiedad
Certificado de saldo bancario
Si hay cuentas
Saber el dinero a repartir
Banco
Para no ir dando vueltas, conviene separar los papeles en dos grupos:
los obligatorios , que casi siempre te van a pedir, y los opcionales , que dependen del patrimonio. Como base mínima están el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos, el DNI de los herederos y, si existe, el certificado de seguros. A partir de ahí, si hay dinero en cuentas, el banco suele exigir el certificado de saldo a fecha de fallecimiento
si hay inmuebles, la notaría y el Registro de la Propiedad suelen pedir la nota simple, la escritura de compra y el recibo del IBI
y si hay vehículos, necesitarás permiso de circulación, ficha técnica y, en su caso, el justificante del impuesto de circulación
Esta distinción ayuda mucho porque evita pedir documentos que no hacen falta y, al mismo tiempo, impide dejar fuera alguno imprescindible según el bien que se vaya a adjudicar.
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Firma la escritura y liquida impuestos
Firma la escritura de aceptación y adjudicación de herencia cuando ya tengas todos los papeles y el reparto esté claro.
Paga el impuesto de sucesiones
El Impuesto de Sucesiones se presenta ante la comunidad autónoma competente. El plazo habitual es de seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de pedir prórroga dentro de los primeros cinco meses.
Tramita la plusvalía municipal
Si heredas un inmueble urbano, revisa la plusvalía municipal , que se liquida en el ayuntamiento. No siempre sale a pagar igual, pero sí conviene comprobar el plazo porque puede generar recargos.
La aceptación de herencia no queda cerrada con la firma ante notario. Primero se firma, luego se paga lo que corresponda y, si hay inmuebles, después se inscribe.
En la práctica, cada oficina pide una cosa distinta y en un momento distinto. En el banco , lo normal es presentar el certificado de defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, DNI de herederos y la escritura de aceptación de herencia cuando ya esté firmada; además, algunas entidades solicitan el saldo a fecha de fallecimiento y el reparto firmado por todos. En la notaría , lo esencial es acreditar quién hereda y qué bienes existen, así que suelen pedir la documentación sucesoria, la nota simple si hay inmueble y los justificantes de titularidad o cargas.
Y en el Registro de la Propiedad , el trámite llega después de la firma: se presenta la escritura de adjudicación de herencia junto con el justificante del pago o exención del impuesto de sucesiones y, si procede, la liquidación de la plusvalía municipal. Saber qué aporta cada oficina evita duplicidades y acelera el cierre del expediente.
Ajusta el trámite a cada caso
Ajusta los papeles al tipo de herencia para evitar vueltas inútiles.
Si hay menores o incapaces
Si hay herederos menores, suelen intervenir sus representantes legales y, en algunos actos, puede hacer falta autorización judicial. Eso añade tiempo, porque ya no decide solo la familia adulta presente.
Si hay herederos no residentes
Si un heredero vive fuera de España, suele necesitar identificación más completa y, a veces, poder notarial para que alguien firme por él. Si el documento viene del extranjero, puede requerir apostilla o legalización y traducción jurada.
Si vas a tramitarlo tú o con gestoría
Tramitar una herencia uno mismo funciona bien cuando hay pocos bienes y todos están localizados. Una gestoría suele cobrar más cuando hay inmuebles, varios bancos o herederos en distintas ciudades, pero reduce errores de plazos y modelos.
Opción
Cuándo encaja
Riesgo principal
Tiempo real
Hacerlo tú mismo
Herencia simple, sin inmuebles o con un solo banco
Olvidar un documento o un plazo
Entre 1 y 3 semanas si todo está claro
Con gestoría
Varios bienes, varios herederos o herencia con cargas
Coste extra por gestión
Entre 2 y 8 semanas, según documentos y firma
Evita los errores que lo frenan
Evita los fallos que más bloquean una herencia, porque casi siempre son los mismos.
La documentación correcta no solo acelera la firma, también evita firmar un reparto incompleto. Si el expediente entra bien en notaría, luego el banco y el registro suelen pedir menos vueltas.
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Preguntas frecuentes
¿Es necesario ir al notario para aceptar una herencia?
Sí, en la práctica hace falta notaría para formalizar la aceptación y adjudicación cuando quieres repartir bienes y dejar constancia legal. La firma suele durar entre 30 y 90 minutos, pero solo si llevas ya el certificado de defunción, últimas voluntades y la prueba de quién hereda.
¿Qué papeles se necesitan para recibir una herencia?
Necesitas certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, DNI de herederos y los papeles de cada bien. Si hay inmuebles, añade nota simple, escritura y recibo del IBI; si hay dinero, pide el saldo bancario.
¿Qué se necesita para una aceptación de herencia?
Se necesita identificar al fallecido, demostrar quién hereda y describir qué bienes y deudas hay. Después, esos datos se vuelcan en la escritura notarial y se presentan los impuestos en plazo.
¿Qué documentos pide el banco para pagar una herencia?
El banco suele pedir defunción, últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, DNI, y la escritura notarial cuando ya esté firmada. También puede pedir certificado de saldo a fecha de fallecimiento y, si hay varios herederos, la firma de todos o poderes válidos.
¿Cuánto cobra un notario por una escritura de herencia?
El precio depende del valor de los bienes, del número de folios y de si hay más copias o gestores intervinientes. En herencias sencillas, el coste suele moverse en un rango moderado, pero sube si hay inmuebles, varios herederos o documentación compleja.
¿Se puede tramitar una herencia uno mismo?
Sí, se puede hacer en herencias simples, con pocos bienes y herederos de acuerdo. Si hay inmuebles, menores, herederos no residentes o varios bancos, el margen de error sube y conviene revisar cada papel antes de firmar.
¿Qué pasa si no hay testamento?
Primero hay que hacer la declaración de herederos, porque sin ese paso no puedes adjudicar correctamente la herencia. Es como buscar llaves de una casa sin saber quién tiene derecho a abrir la puerta.
Este método no aplica si solo quieres planificar la herencia antes del fallecimiento, impugnar un testamento o resolver un pleito sucesorio ya en juzgados. En esos casos el recorrido documental y legal cambia por completo.
Cierra la herencia sin dejar flecos
Cierra la herencia solo cuando tengas la escritura, los impuestos y, si procede, la inscripción registral.
Si haces ese recorrido con orden, la herencia deja de parecer un laberinto. Piénsalo como una mudanza: primero haces cajas, luego firmas el traslado y cambias la dirección en cada sitio.